Caso de la trabajadora de Ripoll. La primera condena en España por 'mobbing' ratificada por el TSJ de Cataluña
S. Olego / BarcelonaLa Verdad
21.02.2003
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El Tribunal Superior de Justicia de Cataluña (TSJC) ratificó la primera sentencia por mobbing dictada en España. El fallo, dictado el pasado mes de septiembre por el juzgado de lo Social número 2 de Girona, condenaba a la empresa Herramientas Especiales y de Precisión SA (HEPSA) de Ripoll a pagar una indemnización de 14.401 euros a una trabajadora que fue sometida «a una presión laboral tendenciosa o mobbing».
Según informó el gabinete jurídico de Comisiones Obreras, el TSJC ratifica ahora la primera sentencia con lo que se da validez a la condena impuesta.
Gloria Poyatos, abogada de CC OO encargada de la defensa, mostró su satisfacción con la sentencia al recordar que la trabajadora, debido al acoso psicológico y moral que sufrió, estuvo de baja por depresión.
Todo surgió a raíz de la negativa de la trabajadora, que era delegada de personal, a contribuir en una colecta entre los empleados de HEPSA para hacer un regalo al hijo del director de la fábrica que cumplía 18 años.
A partir de aquel suceso, que acaeció en 1994, empezó a sufrir todo un vía crucis. Sus jefes la culpaban de todos los errores que se cometían en la empresa y la hacían responsable de la mala situación económica por la que pasaba la compañía.
Varias depresiones
La sentencia admite que la trabajadora, que ahora tiene 27 años de edad , es una persona de «carácter fuerte» pero que está afectada por «un sufrimiento psíquico extremo», que le condujo a pedir una excedencia voluntaria para poder dejar el lugar de trabajo después de sufrir varias depresiones.
Recoge, además, que pese a que el mobbing es difícil de probar fue muy importante «la contundencia, firmeza y veracidad» de los testigos. Todos ellos confirmaron «el comportamiento obsesivo e incesante» durante varios años que el director mantuvo contra la trabajadora.
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